miércoles, 1 de septiembre de 2010

Moción sobre irregularidades en el Monte Coto

 

A continuación reproducimos la moción presentada el pasado 19 de julio por el Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de Algueña para su debate y votación en el próximo Pleno (NOTA: El último Pleno se celebró el 19 de abril, hace ya casi cinco meses). Esta misma moción se presentó también de forma simultanea en el Ayuntamiento de Pinoso donde sí se ha podido debatir en pleno (Ver noticia en los siguientes enlaces Diario Información 16 Julio y Diario Información 21 Julio):


El grupo multinacional de empresas LEVANTINA, con canteras y fábricas de elaboración de mármol en la comarca alicantina del Vinalopó, explota en el Monte Coto de Pinoso, dando vistas a la población de Algueña, la mayor cantera de piedra natural de toda Europa de la variedad “crema marfil”.

           La situación de grave crisis del sector de la piedra que está sufriendo la comarca provocada por el hundimiento de la construcción en toda España y el descenso de las exportaciones no ha impedido que siga funcionando la actividad extractiva en el Monte Coto con destino a la exportación en bruto, sobre todo a China. Así se  está evitando el cierre de canteras que provocaría la casi  total pérdida de puestos de trabajo en el sector.

           Este fenómeno, que en principio podría constituir un mal menor en tiempos de crisis, debe ser analizado con detenimiento pues nos coloca a la cola de los operadores que desempeñan algún papel en el globalizado mercado mundial de la piedra natural, lo que significa que, especializándonos  en la extracción, como ahora está ocurriendo, solo conseguiremos la porción menos importante del valor añadido de esta actividad, lo que nos relegaría a un papel dependiente, propio de los países colonizados, que sería difícil de remontar.

           Por otra parte, siendo el crema marfil un recurso escaso que se extrae de un monte público, renunciar a un mayor valor añadido hoy significa dejar de velar por el interés general e hipotecar el futuro. Es por tanto el Ayuntamiento de Pinoso, propietario del monte Coto, el que tiene toda la responsabilidad para evitar la pérdida de oportunidades en este sentido, especialmente en época de crisis. Instrumentos no le faltan pues la mayoría de contratos de explotación están próximos a su vencimiento y, con independencia de la calificación jurídica que estos tengan siempre le son de aplicación, al menos, los principios de la Ley de Contratos del Sector Público de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia en los procedimientos, y no discriminación e igualdad de trato entre los candidatos, así como la salvaguarda de la libre competencia y la selección de la oferta económicamente más ventajosa.

           No hay que olvidar tampoco que la extracción de la piedra tiene, en  la mayoría de ocasiones, unos efectos medioambientales y de agresión al territorio y al paisaje y unos costes externos que sufren sobre todo los ciudadanos que habitan cerca de las canteras, que es preciso conseguir que internalicen las empresas extractoras mediante las correspondientes compensaciones y la restauración del medio natural afectado.            

           Junto a estas consideraciones, es necesario que los Ayuntamientos dejen ya de mirar hacia otro lado haciendo creer que ignoran  que desde hace algún tiempo el Grupo Levantina esté extrayendo del Monte Coto mas piedra crema marfil de la que se vende en bruto o elabora en sus propias factorías. Los excedentes de estas empresa, a todas luces por encima de los lógicos stocks para garantizar la seguridad en el suministro, han hecho saltar las alarmas, pero especialmente porque de un tiempo a esta parte muchos de los bloques de piedra almacenados están siendo enterrados  en los terrenos de su propiedad en el término municipal de Algueña,  ignorándose la finalidad de esta actuación,  que no es  práctica  habitual  en el sector, por lo que debería exigirse mayor transparencia.

           No deberían preocupar estas conductas si no fuera porque tienen unas consecuencias concretas en los ingresos de los Ayuntamientos de Pinoso y Algueña, que no cobran si el bloque de mármol no es pesado en la báscula situada en la carretera de salida, y porque al tratarse de un recurso escaso de un monte público es de interés social conocer e influir sobre el destino del producto y las consecuencias económicas para la economía de la comarca. Además, no debe dejar de analizarse si las prácticas de  enterrar el mármol extraído pudieran exceder la pura estrategia comercial de las empresas y fuera a afectar, de hecho estaría afectando ya, a los Ayuntamientos, que incurrirían en complicidad, por otra parte, si no investigaran o denunciaran tales atípicos comportamientos. En cualquier caso, al tratarse de un recurso natural escaso de carácter público no se deben escatimar esfuerzos para exigir una  mayor transparencia en las actuaciones de las empresas.

           Los contratos del Ayuntamiento de Pinoso para la explotación de parcelas en el Monte Coto establecen un canon por metro cúbico de piedra extraída que deben pagar las empresas concesionarias o contratistas. El hecho de que ese canon se pague después de que se haya pesado el bloque en báscula es tan solo una cuestión instrumental. Extraer bloques y no pesarlos, y sobre todo enterrarlos sin haberlos declarado previamente, puede ser una ilegítima práctica especialmente si lo que se pretende es evitar el control del material extraído. Estos hechos deben estudiarse por si constituyen infracciones a las condiciones de la concesión o contrato para ser sancionados y por  si pueden ser causas de rescisión de la propia concesión o contrato.

                                                           SE REQUIERE:

           1ª. Que los  Ayuntamientos de Pinoso y Algueña adopten las medidas necesarias para percibir los ingresos económicos por la piedra que se está extrayendo en concordancia con los contratos y acuerdos establecidos con las empresas extractoras, y para garantizar estos ingresos en el futuro. Para ello será preciso evitar y/o controlar estrictamente prácticas poco transparentes como el enterramiento de bloques fuera del ámbito territorial de la concesión o parcela asignada para su explotación y garantizar la concurrencia y transparencia en la contratación de la explotación de las parcelas del Monte Coto al finalizar el plazo de los actuales contratos.

           2ª. Que el Ayuntamiento de Pinoso  investigue los hechos expuestos y estudie  si constituyen infracción a las condiciones de la actual concesión o contrato para ser sancionados, y por  si pueden ser causas de rescisión de la propia concesión o contrato, en cuyo caso debe obrar en consecuencia.

           3ª. Que los  Ayuntamientos de Pinoso y Algueña  adopten medidas inmediatas para evitar la  no contabilización de los bloques extraídos, exigiendo  el pago de los cánones o compensaciones pactadas. Cualquier medida debe adoptarse con carácter general para todas las empresas, especialmente si afecta a la cuantía o condiciones de pago del canon concesional, debiendo garantizar la necesaria transparencia en concordancia con los bienes públicos que se están administrando.

           4ª. Que los Ayuntamientos de la comarca insten de las Administraciones Públicas competentes, coadyuvando con las iniciativas de las asociaciones empresariales del sector, la regulación de una Denominación de Origen o marca para el “crema marfil” exigiendo en las mismas que un alto porcentaje del material extraído deba elaborarse en factorías de la comarca. Entre tanto deben introducirse, en la medida de lo posible, clausulas contractuales en la extracción de El Coto y otros montes públicos para garantizar este objetivo. Ello debe tenerse en cuenta necesariamente en los nuevos contratos que se establezcan.

           5ª. Es preciso un mayor control de la extracción a efectos de evitar el expolio del recurso natural y la pérdida de ingresos que significan las prácticas de calificar como despuntes, a pie de cantera,  material extraído que de manera subjetiva la empresa considera que no  tiene calidad suficiente.

           6ª. La situación de crisis económica no debe hacernos bajar la guardia en la adopción de medidas para minorar los perjuicios que el conjunto de la actividad minera y de triturado causa especialmente a los habitantes de Algueña y otras poblaciones, por lo que debe instarse a las Administraciones competentes a que se vigile el ruido y las emisiones de polvo y no se olvide la obligación de restaurar el medio natural afectado, exigiendo además a la Generalitat la urgente ejecución de la circunvalación de Algueña y otras mejoras mejoras previstas en la carretera CV-840.